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Fallos: 67:461 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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alfalfar, que no habría estado perdido si el doctor Angulo lo hubiera rezado, El doctor Angulo debió proceder así, como procedió mandando apagar los incendios y pudo hacerlo así sin gran costo (Fallos de la Suprema Corte, série 2", tomo 14 pág. 50 , argumento del artículo 1411 del Código Civil).

Pasto de campo quemado é inutilizado. Para la avaluacion de este perjuicio partimos de la base de que en buen campo no puede conservarse más de 1000 cabezas por legua y moderamos esa cantidad prudencialmente en 800, y sin que esto importe desconorer que aquellos campos pueden admitir más en general, Ahora bien, la totalidad de pasto de campo es de 4815 hectáreas, la cantidad quemada 2450, la cantidad inutilizada por estar abierta 2360 hectáreas, En esta extension de campo (4815 hectáreas) el demandante ha podido mantener 1800 cabezas de gunado, el doctor Angulo ha tenido allí 1200 4 1400 de su propiedad, luego no ha podido recibir á pastaje más de 400 € sbrzas.

Para aceptar la posibilidad de que las hubiera tenido hay que suponer que bajó sus precios y calculándolos á razon de 20 centavos mensuales en los 20 meses serían 2240 pesos (dos mil doscientos cuarenta pesos) por perjuicios.

Perjuicios indirectos + Alfalfares. Debe suprimirse la partida del interés del capital empleado en los alfalfares, porque ya se manda pagar en forma de productos de las chacras y porque ello importaría pagarlos dos veces, Pasto de campo. Suprímese esta partida, por estar comprendida en la anterior bajo el mismo título.

Gastos de juntar hacienda. Fíjase esta suma de 25 pesos mensuales ú que el doctor Angulo rebajó la misma, propuesta por el perito doctor Ruiz, en consideracion á los motivos quela fundan : en 28 meses suma 700 (setecientos pesos).

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Año: 1897, CSJN Fallos: 67:461 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-67/pagina-461

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