Administracion de cercos. No se hace lugar por no haberse probado que esta tenga por eausa la quemazon, Alambrado úá reponer. Acéptase la suma fijada por el doctor Angulo, que es la misma que ha avaluado el perito de la empresa. Esta suma es procedente en mérito del gran deterioro de los cereos, Queda, pues, fijada en pssos 906 (/Mmorecientos seis pesos moneda nacional).
Adicional. Conduccion de alambre. Esta suma, duda la dificultad de hacer la division por cuadra, se dejó para regularla aquí, y se acepta la hecha por el demandante por consistir en sumas convenidas, Sólo la última partida la suprimimos por ha=her sido incluida á foja ..., quedando reducida á 83 pesos Corhenta y tres pesos moneda nacional).
Sétimo, Reasumiendo, todas estas partidas dan el siguiente resultado (suma á indemnizar) salvo error de cálculo :
Cercos de alambre. ........eeeees... $ 6655.97 Cercos de palo plantado... ........e... 12168.64 Cercos de rama. .e....e.ececorcevenor 800,50 Monte quemado ......e...e.e..e.... 11565.00 Alfalfares perjudicados .....e........ 6160.00 Pasto de campo... ....eonrocneaao.. 2240.00 Gastos de juntar hacienda, ........... 700.00 Alambrado á reponer, .......e.e..... 906.00 Adicional, Conduecion de alambre...... 83.00 Total: eco - AB, Cuarenta y un mil quinientos sesenta y siete pesos once cen taros moneda nacional de curso legal).
Ortavo. Resta sólo decidir un punto sometido á discusion, El hecho de no haber comprobado el doctor Angulo que la estancia quemada es de su propicda !.
El representante en juicio, de la Empresa, no ha exigido esa
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Año: 1897, CSJN Fallos: 67:462
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