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Fallos: 66:46 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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CAUSA CCCIE
Don Victorio Torrent contra la Provincia de Corrientes, por cobro de pesos: sobre rompetencia Sumario. — Paraque, en caso de cesion, proceda el fuero federal por razon de personas, es necesario que puedan invocarlo tanto el cedente como el cesionario, Caso. — Resuita del Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Diciembre 33 de 1896.

Autos y vistos: lesultandode la informacion producida que el cedente es extranjero y el cesionario argentino, ambos domiciliados en la provincia de Corrientes, Y considerando: Que con arreglo al artículo ocho de la ley de jurisdiecion y competencia, de catorce de Setiembre de mil ochocientos sesenta y tres, y la jurisprudencia en su mérito establecida, para que el fuero federal proceda, en caso decesion, es necesario que tanto el cesionario como el cedente puedan invo

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Año: 1896, CSJN Fallos: 66:46 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-66/pagina-46

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