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Fallos: 66:40 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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El inspector informó en 17 de Mayo y en ese informe aparecía que la cochería del demandante señor Anderson se encontraba en malas condiciones higiénicas. El presidente resolvió entónces que el Comisario inspector notificara á los dueños de cocherías y tambos que no se habían colocado dentro de las prescripciones de la ordenanza, que en el término de cuarenta y ocho horas se sacasen fuera del municipio los animales que tuviesen en sus establecimientos. Anderson fué notificado de esta providencia el 18 de Mayo.

Vencidas las cuarenta y ocho horas, no se mandó cumplir esa resolucion, y el 20 del mismo mes Anderson se presentó pidiendo que se hiciese inspeccionar su cochería por don Augusto Gras y don Enrique Auchter: el presidente defirió á este pedido, disponiendo que se practicase la inspeccion por dichos señores asociados al doctor Lafferritre, todos concejales. Practicada la inspeccion informaron el mismo día 20 de Mayo, diciendo que la cochería no se encontraba en las condiciones higiénicas de la Ordenanza.

Despues de este informe, se dejaron correr (48) cuarenta y ocho horas más, vencidas las cuales se ordenó al inspector que intimara á Anderson que sacase en el día los animales de la cochería. Anderson firmó la notificación, pero no cumplió lo ordenado y fué recien entónces que el comisario inspector, en ejecucion de la orden del presidente, procedió á sacar los caballos el 23 de Mayo á las 4 dela tarde.

Todolo expuesto consta del expediente administrativo.

El presidente, dice, ha procedido por derecho propio, porque el artículo 22 de las ordenanzas lo faculta para clausurar las cocherías que no hayan cumplido las disposiciones que en ellas se contienen, y porque la Municipalidad puede allanar domicilios por razon de salubridad pública, segun el artículo 38 de la Constitucion provincial, y en este caso se han llenado además todas las formalidades necesarias para el allanamiento,

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Año: 1896, CSJN Fallos: 66:40 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-66/pagina-40

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