los árbitros, Esa cláusula del compromiso tiene por objeto iguaJar las condiciones de las partes ante el tribunal arbitral. No pudiendo la compañía disponer de los documentos y anteceden— tes que obrasen en poder del gobierno nacional, el compromiso lo autorizaba á hacer venir al juicio, por medio de los árbitros, todos aquellos antecedentes que estuviesen en las oficinas públicas y que esa parte creyese necesarios para la mejor ilustracion de los jueces.
Séptimo: Que estableciendo esa misma cláusula del compromiso que elos árbitros... oirán á las partes en un solo escrito, que presentarán simultáneamente », sin qu: se haya astipulado la prohibicion de acompañar documentos á ese escrito, es lógico suponer que se ha querido dejar á las partes en completa libertad para proceder, en este punto, con la amplitud de derechos :
que les acuerdan las leyes generales; agregúndose la obligacion de los árbitros de pedir á las oficinas públicas los antecedentes que las partes solicitasen, sólo como una ampliacion de aquellos derechos, pero no como una limitacion.
Octavo : Que siendo un principio general en la jurispr «encia procesal, que es deber de los jueces amparar la mayor amplitud en la defensa de los derechos alegados en juicio, los árbitros no han producido nulidad alguna al aceptar la presentacion de documentos hecha por el representante del gobierno, simultáneamente con el escrito único que debía p. sentar, tanto más, cuanto que, en caso de dudas, el punto debía resolverse en favor de la validez del acto, por cuanto amparaba la defensa.
Considerando respecto al tercer punto :
Noveno : Que la cláusula primera del compromiso dice textualmente : « La cuestion sometida á la decision de los árbitros es la siguiente: si las cuotas adeudadas aún por servicios de cloacas y aguas corrientes, anteriores al primero de Julio de mil ochocientos noventa y uno, corresponden, con arreglo al contrato de rescision, á la empresa ó al gobierno. En caso fuera re
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Año: 1896, CSJN Fallos: 66:411
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