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Fallos: 61:72 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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| CAUSA COXIX El Banco Nacional en liquidacion, contra don Juan Storni, por cobro ejecutivo de pesos; sobre pago de los honorarios de tasador.

Sumario, — Los tasadores en juicio ejecutivo, no pueden cobrar sus honorarios al ejecutante, salvo motivos especiales que funden su responsabilidad; deben aguardar la venta de los; bienes embargados, y cobrarlos sobre su producto con la preferencia acordada 4 las costas judiciales, Caso. — El Paneo Nacional siguió ejecucion contra don Juan Storni, y una vez consentida la sentencia de remate, el ejecutante pidió que se tasaran los bienes que oportunamente se habían embargado, y que consistían en dos terrenos: uno en la parroquia de San Cristóbal, sobre el ramal al Riachuelo, del Ferrocarril del Oeste; y otro, en la calle Tucuman entre las de Passo y Norte América.

Para la tasacion, nombró el Banco por su parts, al ingeniero don Angel Silva, para que procediera en union del que propusiera el ejecutado, ó en su defect», del que el Juez nombrara "en su rebeldía.

El Juez hubo por nombrado al ingeniero Silva y dispuso que se hiciera saber al ejecutado ú fin de que nombrara otro dentro de tercero día, bajo apercibimiento de ser nombrado de oficio.

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Año: 1895, CSJN Fallos: 61:72 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-61/pagina-72

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