28 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE tendente á dejar ampliamente comprobada laexactitud ú inesactitud de los informes ya prulucilos, segun todo ello consta de autos (véase foja 210), 22 Que informando el doctor don Pero N, Arata (véxse foja 256), jefe de la Oficina química nacional, manifiesta que La conducta de la empresa «hace presumir una ingenuidad de proceder que aleja la idea de fraude por parte de los encausados>.
2:39 Que continuando en esta hilacion de conceptos, más adelante agrega el mismo doctor Arata que: ela manera de declarar el alcohol, demuestra una gran buena fé en la empresas, hechos son estos que precisamente interpretados por el criterio racional, fuera del criterio jurídico, tienen necesariamente que pesar en el ánimo del Juez, de tal munera, que forma en sí un correcto juicio, 24 Que por lin, resulta: eque durante el período denuncia do, la destilería Za Estrella, ha pagado al fisco nacional la enorme suma de 281,986 pesos moneda nacional, mientras que los derechos que se dicen defraudados por la misma, alcanzarían ú una cifra insignificante, si se compara con la oblada, y que una empresa de la magnitud que revelan esas cifras, no hubie— se dejado de abonar, pues la complicidad del silencio de todos los empleados de la casa, le hubiesen exigido una erogación mucho mayor».
25" Que esa misma buena fé, nutada por el señor jefe de la Oficina química naciunal, doctor don Pedro N, Arata, igualmente fué reconocida en los romienzos de esta sumaria, pues el empleado nombrado por el señor administrador de impuestos internos dijo (véase foja 2) : que la empresa « no había tenido ninguna elase de inconvenientes en suministrarle los datos que él había pedido», 26" Que es de tola evidencia que el contador Tarantel, no encontró tampoco obstáculo alguno, de parte de la empresa, para hacer el estudio, que de oficio le había encomendado el
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Año: 1895, CSJN Fallos: 61:28
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