nales; que el espediente les fué entregado el 18 de Junio, es decir, el dia antes del escrito, que corre en autos, Que probados estos hechos, falta el fundamento de la vista fiscal; y concluye pidiendo se pida informe al Administrador de Rentas.
Así se ordenó, informando esc funcionario; que resuelto el espediente 21 en de Abril, los Sres. Boidt y C°, fueron notificados al siguiente día, y enla misma fecha se presentaron apelando,cuyo recurso les fué concedido.
Que no obstante no haberse presentado con el certificado, no se procedió con arreglo al art. 1136, porque supo estraoficialmente que Boidt y C°, habian recurrido al Poder Ejecutivo en vez de recurrir al Juzgado.
Que habiendo transcurrido mucho tiempo sin que el Admimistrador supiese lo resuclio por el P, E,, trató personalmente de obtener datos del Ministerio, y supo, entonces, que el espediente habia sido entregado los interesados.
Que no sabe, precisamente, cuándo Mé devuelto por el Mimisterio, pero que interesado el Administrador en que el espediente no se estraviose, recurrió á Boidt y C° para que lo devolviesen é ocurriesen al Juzgado; que Boidt y C° le contestaron que el espediente estaba cn poder del Sr. Casares, el cual efectivamente lo entregó.
Que como Boidt y C°, insístiesen en ocurrir al Juzgado, y no considerándose competente el Administrador para resolver si el recurso estaba desierto ó no, prefirió entregar el espediente, para que el Juzgado resolviese el punto, y que esa entrega se hizo el 18 de Junio, habiéndose presentado el certiicado, con fecha 22 del mismo.
En este estado, el Juzgado dictó el siguiente Fallo del Juez Seccional.
Buenos Aires, Agosto 20 de 1808.
Y Vistos, considerando : que las resoluciones de los jefes de las Aduanas 6 receptorías nacionales, en los casos de con
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Año: 1868, CSJN Fallos: 6:266
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