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Fallos: 59:332 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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E 332 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
Oeste con la señora del demandado Comas. Alvarez lo vendió á Don Ignacio Comas en Octubre de 1881, El Juzgado no tiene necesidad de averignar si los Lop:z eran Ú no propietarios, porque segun una disposicion legal, se presume que el poseedor actual ha estado poseyendo desde la fecha do su título, mientras no se pruebe lo contrario; y ni existe tal prueba en autos, ni debe olvidarse que el título de Comas arranca de 1877, fecha en que compró su inmediato causante Alvarez, Se dirá que los Lopez no eran dueños; pero, además de que tal cosa tampoco se ha demostrado, siempre tenemos que existe la prescripcion de 10 años, que consolida el título del demandado, La preseripcion se dirige contra el propietario, pues si el comprador adquiere la cosa del verdader» dueño, no necesita del transcurso del tiempo para adquirir la propiedad, Suponiendo, pues, que los Lopez no fuesen los propietarios, el título de Comas no podría hoy atacarse, porque todos sus defectos han quedado cubiertos por la prescripción.

Fuera de ello, consta de autos plenamente que los Lopez, conocidos tambien con el nombre de Carballo, han estado poseyendo durante largos años, segun resulta de las declaraciones de Manuel Zamora (foja 90); Juvenal Luna (quien conoce esa posesion desde 1845, foja 91 vuelta) y Javier Lopez (foja 92 vuelta).

El Juzgado resuelve rechazar la reclamacion relativo al titulo de Alvarez (foja 197).

Quinto: Título del tiobierno. Queda sólo por examinar la cuestion relativa á la venta que la comision nombrada para la construccion del Colegio Nacional efectuó en Noviembre de 1873 (foja 195) ála esposa del demandado. Eláres vendida se componía de 85 varas de frente por 12, más ó menos, de fondo; lindando al frente con la calle del Bujo; al Oeste, con la calle 25 de Diciembre; al Este, con la compradora; y al fondo con el pié de la barranca y callede Santa Fé,

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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:332 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-59/pagina-332

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