DE JUSTICIA NACIONAL 325 Caso.—Lo explica el Fallo del Juez Federal (ul hor) Rosario, Octubre 21 de 18590, Y vistos: estos autos seguidos por don Abelardo Bayona contra don Ignacio Comas, sobre reivindicacion; de ellos resulta:
1 Que don Abelardo Bayona, diciéndose sucesor de los derechos y acciones de Los herederos de doña Lorenza Acevedo de Leguizamon, trata 4e reivindicar el área que queda al Este de la calle 25 de Diciembre y al Norte de la de Santa-Fé, ocupada con edificios por don Ignacio Comas, 2 Que el demandante funda su accion real, aseverando que le compete, como sucesor de acciones y derechos sobre la lonja conocida por de Leguizamon, 3' Que en su alegato de bien probado, aunque no esplícitamente, parece el actor restrigir su demanda á sólo una parte del área ocupada por Comas (foja 133 vuelta), al exponer que , éste debe entregarle una parte citando menos de la superficie | que posee, limitándola, segun se desprende, úla que queda entre la letras G, F, E, Z, y N, señalada con tinta amarilla en el plano número 3 (que no ha sido foliado entre las fojas 125 y 126), y ú el área comprada á don Nicolás Maria Alvarez (foja 131).
4° Que queda así descartada de la demanda la esquina 25 de Diciembre y Santa-Fé, correspondiente al título de foja 60 y fondo hasta la playa del rio Paraná, 5 Que en su defensa y al alegar de bien probado, el señor Comas, expone, en primer lugar, que no está constatado el ca
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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:325
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