322 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Caso. — Negada por Godoy la autenticidad de su firma puesta al pié de una letra de 1800 pesos, y entablada demanda ordinaria, se ordenó el comparendo previsto por el artículo 155 de la ley de Procedimientos.
Godoy no compareció, y acusada rebeldía por el Banco, el Juez dió por reconocida la firma, Godoy reclamó, alegando que la cédula de citacion había llegado ú su poder recien el día antes del señalado para el comparendo.
El Banco pidió embargo preventivo por la suma de 1800 pesos.
Fallo del Juez Federal Corrientes, Noviembre 3 de 1894.
Vistos y considerando: 1 Que la notificacion del auto de foja 17 vuelta, por el que se citaba al ejecutado á la audiencia para la comprobacion del documento argúido de falso, le fué hecha en su domicilio constituido y de conformidad al artículo 63 de la ley nacional de procedimientos, 2" Que aún admitiendo el hecho alegado, de que la cédula no le fué llevada ú su domicilio legal en la fecha que ella expresa, sinó el día antes del señalado para la audiencia, con todo, se tendría siempre quela motiticacion fué hecha en su propio domicilio y antes de la audiencia indicada.
3° Que no habiendo comparecido, ni alegado fuerza mayor y notoria que excusase su inasistencia el día señalado, desde que su ausencia, invocada posteriormente, no lo justifica, su rebeldía debió ser decretada, como lo fué, ú peticion del ejecutante, 4° Que por consiguiente, y habiendo sido citado bajo el
Compartir
76Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1895, CSJN Fallos: 59:322
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-59/pagina-322
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 59 en el número: 322 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos