CAUSA CXAIY
Don Felix y Don Placido Agiemaga contra el Ferrocarril tiran Oeste Argentino; sobre robro de pesos Simario,— 1 Las empresas ferroviarias que obran en com binacion, deben reputarse como una sola á los efectos e La con tratacióon en muiteria de transportes, 2 No puede cunsiderarse evasiva la respuesta de ignorar, enando °I hecho rontenido en la pregiintad hasido menezonit= do en los autos, no es personal del absolvente, y no si lar des mostrado quedebís precisamente conocerte. por razon de ss funcion»=, Caso, — Lo indrea el Fallo del Juez Federal Mendoza Mbril 15 se 580.
Vistos: Don Graco Bravo, con poder de los señores Feliy y Don Plácido Agunaya, dedues demanda contra la Empresa del
Compartir
61Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1894, CSJN Fallos: 56:204
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-56/pagina-204¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 56 en el número: 204 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
