CAUSA COXNLVI
» Don Miguel Torcella, contra la Municipalidad de la Capital por interiieto de retener; sobre compete.acia.
Sumario.—El desalojo ordenado por la Municipalidad de la Capital, por razon de higiene, pertenece ú lo contencioso-administrativo, y los Tribunales Federales son incompetentes para conocer en él.
Caso, —Habiendo ordenado el Intendente municipal, el desaJojo de la casa de inquilinato calle Victoria número 2459, poseida por don Miguel Torcella, éste entabló en 27 de Julio de 1889, el interdicto de retener, En el juicio verbal que tuvo lugar, el Procurador municipal opuso en primer término la excepcion de incompetencia del Juzgado, sosteniendo que el demandante debió ocurrir ante la Municipalidad, sin perjuicio de los recursos que hubiera contra lo que ella resolviese, desde que el Intendente había procedido en su carácter de tal y en uso de las atribuciones que la ley le confiere.
Se procedió en seguida ú recibirlas pruebas; y en este estado .Don Miguel Torcella se presentó exponiendo: Que á pesar de estar pendiente el juicio, el Intendente había dirigido nuevaE a
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Año: 1891, CSJN Fallos: 45:184
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