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Fallos: 43:321 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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CAUSA CXXV
Recurso de habeas corpus interpuesto por los tripulantes sublevados del buque de ¿uerra chileno « La Pilcomayo » traidos ú tierra en calidad de presos.

Sumario.—1" La sublevacion llevada á cabo con fines políticos por tripulantes de un buque de guerra extranjero surto en aguas territoriales de la República debe considerarse como delito político, y no pierde este carácter por las infracciones de otro órden conexas con Él, cometidas como elementos para alcanzar esos fines.

2" Traídos á tierra los sublevados y entregados en calidad de presos ú las autoridades del país por incapacidad propia para martenerlos á bordo, su devolucion al representante de su gobierno, mediando recursos de habeas corpus por parte de aquellos, no puede ser acordada sin infringir la ley positiva que hace inviolables los comprometidos en delitos políticos, y los principios de derecho internacional público que no consienten la entrega de prisioneros de guerra, sea pública, 6 insurreccional, que hayan pisado de cualquier modo el suelo de un estado neutro, 3" En el caso de actos de hostilidad guerra civil cometidos por insurgentes de un Estado extranjero en aguas territoriales Te XII 2

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Año: 1891, CSJN Fallos: 43:321 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-43/pagina-321

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