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Fallos: 43:320 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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tigos, sin duda por las ocupaciones del Juzgado. Agregó por un otrosí que se señalara dis para que don Mariano Marcet practicara el reconocimiento de un récibo suyo agregado á los, autos, no hallándose en estos constancia de que dicha persona haya sido presentada anteriorménte.

q Falile del Juez Federal Buenos Aires, Enero 27 de 1891.

Estando vencido el término probatorio, no ha lugar á lo so— licitado.

Ugarriza.

Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 23 de 1891.

Vistos: Por sus fundamentos, se confirma con costas el auto apelado de foja trescientos setenta y cinco vuelta y repuestos lossellos devuélvanse.


DENJAMIN VICTORICA.—C. S. DE LA

TORRE. — LUIS V. VARELA. — ABEL

BAZAN. —LUIS SAENZ PESA.

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Año: 1891, CSJN Fallos: 43:320 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-43/pagina-320

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