| 0 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE |, ! — delosfuncionarios encargados de su cumplimiento, y el fallo ¡ | delasérie2", tomo 4 pág. 134 ; , Dijo que tampoco era competente la Justicia Federal por | acusarse á la Municipalidad de haber violado el domicilio, penetrando su empleado en el local de la empresa sin órden escrita, como no lo es, cuando por las autoridades locales se violan las garantías que la Constitucion acuerda ú la vida, propiedad, y libertad de las personas, segun lo resuelto por los fallos de la série 2", tomo 12 pág. 73 , y tomo 20 pág. 458 .
Conferido traslado, la parte de Ross pidió el rechazo de la excepcion con costas, y que se contestara derechamente la de— manda, Dijo que los fallos citados por la Municipalidad respecto de la incompetencia de los Tribunales Nacienales para conorer en los abusos de las autoridades locales, ú en la constitucionalidad de las leyes provinciales, se refieren á casos de habeas corpus, y acusaciones criminales que no corresponden ú la Justicia Federal; y 4 pleitos en que se pretendía hacer surgir la jurisdiccion federal de la simple circunstancia de alegar la inconstitucionalidad de una ley provincial, en cuyo caso solo procede el recurso ú la Suprema Corte de acuerdo con el artículo 14 de la ley de jurisdiccion y competencia de 44 de Setiembre de 1863; Que su caso era muy distinto, pues se trataba de una necion civil deducida contra la Municipalidad, en el cual la competencia de la Justicia Federal surgía ratrone persone y no ratione materico; Que ú este caso era aplicable el fallo de la série 2", tomo 15 pág. 87 , que la Municipalidad uabía omitido de citar y que era verdaderamente pertinente á la cuestion, habiéndose resuelto en él que la Justicia Nacional es enmpetente para conocer de una demanda sobre daños y perjuicios provenientes de abusos de autoridad cometidos por un Juez de Paz de Provincia, siempre que el caso sea de jurisdicción nacional por razon de las personas :
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Año: 1890, CSJN Fallos: 41:60
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-41/pagina-60
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