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Fallos: 41:306 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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CAUSA CXCVII
El Fiscal de la Provincia de Mendoza contra el presbitero D.

Manuel Marco, por nulidad de un auto de posesion; sobre incompetencia.

Sumario. —1° La mision en posesion concedida por un Juez local, sin haberse deducido accion contra determinada persona, no importa radicacion de juicio.

2" La intervencion posterior del Fiscal del Estado pidiendo ante el mismo Juez la nulidad de dicha posesion, siendo estrangero el que la obtuvo, da á este el derecho de declinar su jurisdiccion, 6 invocar la originaria de la Suprema Corte Nacional, Caso. — En 29 de Octubre de 1886 se presentó ante el Juez de letras de la ciudad de Mendoza el presbítero D. Manuel Marco, diciendo que D. José Goico, propietario de las salinas situadas al Sud de la Provincia en el Departamento de San Rafael, obtuvo la posesion de ellas, con el objeto de hacerle su tradicion en cumplimiento de la venta que le había hecho de las mismas por escritura pública de fecha anterior; y que Goico había tomado dicha posesion por int?rmedio de él (Marco), importando ese acto una verdadera tradicion.

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Año: 1890, CSJN Fallos: 41:306 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-41/pagina-306

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