del Rey, mi Augusto Soberano, tengoel honor de ocurrir á la exd perimentada cortesía de V. E., rogándole quiera, tomando por base las disposiciones de las leyes en vigor en esta República, dar los pasos necesarios para la extradicion de los hermanos r Andrés y Clemente Zonco, de Biela, acusados de quiebra N fraudulenta y falsificación en escritura de comercio, los cuales, U segun me fué cortesmente comunicado por nota de ese hono| able Ministario de fecha 28 de Diciembre próximo pasado, se hallan detenidos enla Cárcel de ésta para ser sometidos al procedimiento de la extradicion.
Al efecto tengo el honor de trasmitir á V. E. los anexos documentos justificativos del pedido y exigidos por el artículo 651 del Código de Procedimientos penales de esta República, relativo á la extradicion del delincuente, á saber :
1" Orden de prision del Juez de Instruccion del Tribunal de Bicla contra los precitados individuos que deben ser entregados, fechada el 13 de Diciembre próximo pasado; 2° Señas de !os mismos ; 3" Copia de las disposiciones legislativas aplicables al hecho de que seles acusa, segun las leyes italianas.
La prontitud con que fueron presos los hermanos Zonco, me hace esperar que la presente demanda no quedará, como todas las precedentes, sin llevarse ú cabo real, ú fin de que el Gobierno del Rey que ya ha demostrado su buena voluntad entregando en 1874 á las autoridades argentinas il malhechor Mariuno Lucio Fernandez pueda ahora, despues de recibir una prueba de reciprocidad efectiva, proceder cuanto antes, á la extradicion del individuo Hipólito André, que se halla detenido en la Cárcel de Génova á pedido del Cónsul general argentino en esa ciudad, Ruego, pues, ú V. E., me comunique á la posible brevedad, la concesion de la extradicion, á fin de que, de acuerdo con el Real Consulado en ésta, puedan tomarse las medidas oportunas E
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Año: 1890, CSJN Fallos: 40:214
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