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Fallos: 40:213 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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DE JUSTICIA NACIONAL 213

CAUSA CXXXNIV
Criminal, por extradicion de Andrés y Clemente Zonco ; por quiebra fraudulenta y falsificación Sumario. — Estando llenadas las condiciones requeridas por el artículo 651 del Código de Procedimientos en lo criminal, ha lugar á la extradicion, con declaracion de que la pena á imponerse á los detenidos no será mayor que la establecida por las leyes argentinas á los delitos por los que se ¡es procesa.

Caso. — Resulta de las siguientes piezas :

TRADUCCION)
Legacion e S. M. el Rey de Italia.

Buenos Aires, Enero 29 de 1890.

Señor Ministro:

Refiriéndome á mi nota de fecha 20 de Diciembre próximo pasado, n° 597, y en virtud de instrucciones recibidas del Gobierno

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Año: 1890, CSJN Fallos: 40:213 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-40/pagina-213

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