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Fallos: 4:253 de la CSJN Argentina - Año: 1866

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sido oida en ese juicio, ni pueda pararle perjuicio el fallo dado sin su audiencia, mázime cuando el tal denuncio se inició, se abandonó, volvió á continuarse despues de algun tiempo, pasó de unas manos 4 otras, sufriendo mil demoras é interrupciones durante una larga serie de años:—4? que en medio de estas alternativas y circunstancias, y sin que el terreno denunciado fuese vendido, ni se resolviese nada á su respecto, D. Félix Paz, estrangero y comprador del campo inmediato, se presentó al Juzgado Nacional pidiendo se mandase hacer mensura y deslinde de él en virtud de las escrituras que acompaña, con citacion de colindantes, y que se le ponga en posesion judicial; álo que el juzgado accedié, y se verificó, sin tener conocimiento del juicio de denuncia que se seguia ante el dela Provincia, pues de las diligencias de mensura no resultaba que el fisco fuese colindante por ningun lado :—5° que despues de estar Paz ya en posesion judicial, dada por este juzgado, del campo que habia comprado; el de Provincia mandó poner en posesion tambien judicial al comprador del terreno denunciado, - á consecuencia de cuyo acto resulta despojado Paz de una parte de su terreno y se queja de despojo ante este Tribunal :—6' que en este caso, aunque Paz se queja de un despojo que nace esclusivamente de la posesion mandada dar por el Juzgado de la Provincia, por cuya razon sostiene este que debe quejarse ante él, tambien esa posesion se dá con desconocimiento y violacion de la que con mucha anterioridad le habia dado este Tribunal :—7° que no puede decirse, invocando el artículo 14 de la ley sobre jurisdiccion y competencia de los Tribunales Nacionales, que este juicio estaba arraigado en el Juzgado de Provincia mucho antes que existiera organizada la justicia nacional, porque el hecho de iniciarse un asunto ante un tribunal no importa el arraigo del juicio, pues este solo tiene lugar cuando se entabla por demanda y respuesta, y se consiente la jurisdiccion del Juez; y si bien el juicio sumario del denuncio ha estado iniciado antes del establecimiento de la justicia nacional, no ha habido hasta ahora arraigado juicio alguno contradictorio de oposicion en que Paz sus causantes hayan sido parte formal segun consta de autos;

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Año: 1866, CSJN Fallos: 4:253 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-4/pagina-253

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