tos: se declara no haber lugar al recurso interpuesto, y en su consecuencia, repuestos los sellos, devuélvanse aquellos al tribunal de su procedencia.
BENJAMIN VICTORICA, — FEDERICO
IBARGÚREN. — C. 5. DE LA TOR.
RE. — LUIS V. VARELA.
CAUSA LX
D. Juan E. Clark y C', contra D. Higinio Alegre; sobre espropiacion Sumario. — En la indemnizacion por espropiacion no debe incluirse el importe de arriendos posteriores á la desposesion, que el espropiado tenía derecho á cobrar, segun contrato, si no hubiese tenido lugar la espropiacion.
Caso. — D. Francisco Resoagli, por los mencionados señores Clark y Compañía, se presentaron ante el Juzgado esponiendo :
que iniciaba el correspondiente juicio para la espropiacion de
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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:92
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