se la cbligacion del boleto en el pago de pérdidas é intereses, el Juzgado no ha podido eludirla, declarando sabsistente esa mis— ma obligacion, desde el momento que Pinto había incurrido en el apercibimiento decretado y que los herederos Rossi le pidieron lo hiciese efectivo, como ha sucedido.
Ni se alegue en contra de la procedencia de la peticion de dichos herederos sobre resolucion del contrato de foja 2, la jurisprudencia de esta Cámara, cuando se dice que ella ha juzgado siempre necesario para que sea eficiente una intimacion de la cual puede depender la pérdida de derechos, que se haga mencion espresa del alcance del apercibimiento.
En contestacion ú este argumento, debo observar que es errónea la referencia que se hace á tal jurisprudencia, porque ella no existe en los términos generales y absolutos con que se invor3.
Todo lo que hay ú este respecto se retiere al caso especial de las posiciones en que esta Cámara ha declarado en diferentes causas, que no procede dar por absucitas las posiciones propuestas á un litigante por no haber comparecido á la presencia judicial, cuando á pesar de haber sido citado para ello, no se le ha hecho la citacion en la forma y en los términos que espresamente preceptúa el artículo 127 del Código de Procedimientos, que dice:
« El que ha de declarar será citado por cédula con un dia de intérvalo, bajo apercibimiento de que si dejare de comparecer sin justa cansa, será tenido por confeso >.
Fuera de este caso no se citará uno solo de distinta especie en que este Tribunal haya establecido la jurisprudencia á que se alude.
Esa jurisprudencia importaría declarar, que nada vale, ni produce efecto alguno el apercibimiento de lo que hubiere lugar por derecho, que es la fórmula que la práctica constante y diaria de los Tribunales tiene consagrada para provenir á los
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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:75
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