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Fallos: 38:89 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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la autorizacion 4 que se alude, sinó con la seguridad que tenía de poder pagar el dinero sustraido.

7" Que la inesperiencia de Ordoñez como causa determinante del delito quese le imputaba, no puede tomarla en cuenta el Juzgado, ni siquiera como circunstancia de atenuacion, desde que á este respecto la única limitacion que la ley fija ú la regla general, sobre la responsabilidad, en cuanto ála edad, esla que señalan los artículos 147, 165 y 106 del Código Penal, ninguna de las cuales comprende el procesado, que segun sus propias declaraciones contaba 20 años en la úpoca de perpetrar el delito, edad que aleja toda presuncion de inocencia y por el contrario, establece el perfecto discernimiento en el agente.

8" Que por consiguiente, Don Abel Ordoñez se encuentra convicto y confeso de haber dispuesto para usos propios, de la suma de 359 pesos moneda nacional, de la caja en que se depositaha el importe de la venta diaria de papel sellado en la sucursal que al efecto estaba establecida en el edificio del Cabildo ; no resultando del proceso prueba alguna que establezca la certidumbre de que el procesado haya dispuesto de mayor cantidad que la espresada.

9" Que con respecto al escedente de esa suma hasta completar el total del déficit, Ordoñez lo atribuye en sus diversas declaraciones á los préstamos que Lara hacía al administrador de rentas Don Tobías Padilla, 4 Don Rodolfo Sussini Sandoval y á otros empleados de la direccion de rentas.

10" Que en todas las diligencias practicadas para verificar la verdad de la afirmacion hecha por Ordoñez, tanto Lura como todos los empleados aludidos, han negado la existencia de tales préstamos con escepcion de Don Tobías Padilla, quien confiesa haber recibido un préstamo del gefe de la sucursal, tan solo por la cantidad de 100 pesos moneda nacional, que devolvió en el mismo dia en que le fué hecho.

11 Queinterrogado Don Juan M, Lara, sobre la causa del

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Año: 1889, CSJN Fallos: 38:89 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-38/pagina-89

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