le que en la noche del 26 de Julio del mismo año, le había sido denunciado por el administrador de sellos Doctor Don Tobías Padilla, un desfalco de dinero ocurrido en la sucursal del Cabildo, habiendo procedido en consecuencia de tal denuncia, á practicar un balance en forma, el día 27 del m"smo mes, del que resultó comprobada la existencia de un déficit de 4161 pesos con 5 centavos, del que desdé luego era responsable el Gefe de esa sucursal Don Juan M, Lara, 2" Que encomendada por e! Gefede Policía al comisario de la seccion 2", la instruccion del sumario correspondiente, procedió este funcionario á constituir en prision al empleado de esa oficina Don Abel Ordoñez y a! ordenanza de la misma Don Benito Santillan, acusado por el primero de ser el autor ie la sustrac= cion.
3" Que no obstante esta acusación, segun lo espresa el comisario en s" parte de foja 1, Ordoñez confesó en su declaracion ante él, haber dispuesto de la soma de 225 pesos moneda nacional, del importe de la venta diaria de papel sellado, con consentimiento de su Gefe inmediatos Don Juan M. Lara, 4° Que interrogado úeste respecto Don Juan M, Lara, niega haber autorizado á Ordoñez, para sacar dinero, citanto en su apoyo el testimonio de Don Tobías Padilla, quien declara que en presencia de él, reprobó Lara su conducta ú Ordoñez, por haber tomado dinero sin su consentimiento y que esto lo presenció con motivo de la entrega de un papel que Ordoñez hizo 4 Lara en el que se líabía anotado la suma de 89 pesos moneda nacional de que Ordoñez declaraba haber dispuesto y que pagaría en el acto haciendo un telegrama á su familia.
5 Que interrogado nuevamente Ordoñez ante el Juzgado, ba confesado haber dispuesto de la citada suma de 225 pesos moneda nacional y de 40 6 50 pesos mas, de igual moneda, agregando que en su opinion el déficit prevenía de las disposiciones de dinero hechas por él, de las sustracciones del ordenanza San
Compartir
59Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1889, CSJN Fallos: 38:85
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-38/pagina-85¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 38 en el número: 85 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
