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Fallos: 38:55 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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y que este le ofreció mandar nuevamente úá su depósito para vender á comision, los cigarrillos de

6" Que estudiando el mérito de la prueba, resulta comprobado evidentemente que Don Leon Duran, en dos ocasiones distintas, cambió á repartidores de < La Popular » los paquetes que llevahan, reemplazándolos por otros, que al efecto tenía preparados :

1" Por la declaracion de Don José M, Leon, quien contestando al tenor del tercer punto del anto de prueba, asegura que el cambio se hacía por Don Leon Durán, por haber tenido ocasion de observarlo pasando expresamente con este objeto por frente á la casa.

2" Por la declaracion de Don Feliciano Dones, oficial de Policía, corriente á foja 289, quien una vez ratificado el parte de foja 11 contesta al tenor del tercer punto del auto de prueba que : el día de la pesquisa no conocía bien á Durán, pero que vió que un señor que estaba detrás del mostrador, hizo el cambio, sabiendo despues por Sanguinetti y Avila, por el primero que era el patron y por el segundo que era Don Leon Duran, En la misma audiencia en que presta esta declaracion y contestando áuna pregunta que le dirije el actor dice este testigo, que la persona á que se ha referido en su testimonio como Don Leon Durán es la misma que se encuentra presente en la Sala del Juzgado. La Suprema Corte de Justicia Nacional en la série 1", tomo 5", página 433 de sus fallos, apreciando la fuerza probatoria

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Año: 1889, CSJN Fallos: 38:55 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-38/pagina-55

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