que es mision principal de la Policía propender al descubrimiento de los delitos, mucho más, si para este objeto es solicitado su concurso.
5" Querespecto ú las tachas: la opuesta al Comisario Suffern de falsedad y parcialidad, fundadas, la primera en la contradiccion que resulta de su declaracion y la prestada por el señor Clodomiro Tobal, y la segunda en la conducta observada por el primero, en el acto del allanamiento de la casa de Duran, procediendo segun se asegura de motu propio por pura complacencia con los señores Posse, sin prévia autorizacion del Departamento Central y sin noticia del Comisario Tobal, tratándose de diligencias á practicarse en la jurisdiccion de la Comisaría de este último, y á más, por haberse obtenido de D. Leon Duran la firma que registra el acta de foja... por medio de amenazas de llevarlo preso, si no se prestaba á darla, Tal tacha no aparece de ninguna manera fundada, pues segun resulta del informe del Departamento de Policía, de foja 1:37 , dudando el Comisario Suffern si en un asunto de esta naturaleza, correspondía ó no la intervencion de la Policía á efecto de practicar pesquisas, la Gefatura contestole afirmativamente y autorizó sus procedimientos, antes y despues de terminadas aquellas diligencias, admitiendo luego sin observacion alguna, los partes oficiales en que dicho comisario dió cuenta de lo obrado, El mismo informe agrega: < que el aviso del Comisario de la Svecion 1", señor Suffern. al de la 4, señor Tobal, no era indispensable porcuanto pudo perfectamente proceder sin darlo, desde que estaba autorizado para ello por la Gefatura ».
Y más adelante el señor Gefe de Policía ocnpándose del mismo punto, se expresa en los siguientes términos :
«€ Me inclino á creer que el Comisario de la Seccion 1° procedió en todo de acuerdo con el de la 4', teniendo en cuenta la buena armonía que reinaba entre ambos, el proceder atento que
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Año: 1889, CSJN Fallos: 38:51
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-38/pagina-51
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