Caso. — En la ciudad de Santa Fé, con fecha 5 de Octubre de 1885, doña Mercedes Zavalla de Iriondo, por sí y como albacea de la testamentaría de su su finado esposo Dr, D. Simon de Iriondo, otorgó boleto de compra-venta de un campo ubicado en la provincia de Santa Fé, á favor de D. Zacarías Barbosa, debiendo hacerse la escritura, una vez conseguida la autorizacion judicial necesaria por ser bien indiviso y de menores.
En 12 de Agosto de 1887, en la ciudad de Buenos Aires, por ante el escribano Resta, D. Zacarías Barbosa otorgó protesta contra la señora de Iriondo por los daños y perjuicios, por la falta de cumplimiento del contrato, protesta que le fué notificada á la señora de Iriondo el 49 del mismo mes, en su domicilio en Buenos Aires, calle de Artes, número 714, Con estos documentos, D. Jacinto Rodriguez Parto, en representacion de D, Zacarías Barbosa, vecinode la capital, demandó ante el Juzgado de Seccion de Santa Fé úádoña Mercedes. de Iriondo para que se le condenara á la escrituracion del campo y al pago de las costas y costos del juicio.
— En otrosi dijo: que encontrándose accidentalmente la demandada en la ciudad de Buenos Aires, se debía librar exhorto al juez de la capital ú fin de que fuera notificada.
Acreditada la competencia del Juzgado con la declaracion de los testigos D. Augusto Brurguet y D. Juan Campodónico, que declaran que D. Zacarías Barbosa es vecino de la ciudad de Buenos Aires, y doña Mercedes 7. de Iriondo de la de Santa Fé, el juez de Seccion confirió traslado de la demanda, ordenando se librara el exhorto para que se notificara la demanda.
Notificada la señora de Iriondo, se presentó ante el Juzgado de 1" Instancia en lo Civil dela capital, pidiendo se Jibrara oficio al juez de Seccion de Santa Fé para que se inhibiera del conocimiento de la demanda que ante ¿l le había entablado D. Zacarías Barbosa y remitiera todo lo obrado, por no ser el asunto de su competencia sinó de la del Juez de 4° Instancia de la Capi
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Año: 1889, CSJN Fallos: 38:195
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