MIGRACIONES
Eluso de la disyuntiva "o" en el texto del art. 29, inc. c, de la ley 25.871 no evidencia que el legislador buscara que dicha disyunción operase como excluyente entre "antecedentes" y "condena", ya que la interpretación contraria dejaría sin sentido a las previsiones de los incs. f, g y h del mismo artículo.
Del precedente "Apaza León" (Fallos 341:500 ) al que la Corte remite
SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA
Corresponde revocar la sentencia si las razones invocadas por la cámara, para no aplicar la doctrina sentada en un precedente de la Corte, no resultan idóneas ni suficientes para cumplir con la rigurosa carga argumentativa que se exige para justificar la inobservancia del deber que tienen los jueces de las instancias anteriores de conformar sus decisiones a las sentencias del Tribunal.
SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA
Los tribunales inferiores deben conformar sus decisiones a las sentencias de la Corte cuando estas fijan la interpretación de una norma federal, pero pueden apartarse de la doctrina fijada cuando acercan nuevas y fundadas razones, no consideradas por el Tribunal, para demostrar claramente el error grave del precedente y la inconveniencia de mantener su aplicación y en ese supuesto, existe una rigurosa carga argumentativa para justificar la inobservancia del deber de seguimiento de los fallos de la Corte Suprema en su carácter de intérprete máximo de todo el derecho federal, incluida la Constitución Nacional y los tratados internacionales sobre derechos humanos que gozan de jerarquía constitucional (Voto del juez Rosenkrantz).
MIGRACIONES
La sentencia que confirmó la expulsión del migrante con sustento en los antecedentes penales de éste vinculados a la violencia de género debe ser dejada sin efecto, pues al crear una causal de expulsión no prevista normativamente, la decisión de la cámara incurre en una indebida sustitución de atribuciones que corresponden a otros poderes y produce
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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:825
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