Recurso de queja interpuesto por Carmen Esther Cosani, parte actora, representada por el Dr. Maximiliano Toricelli.
Tribunal de origen: Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe.
Tribunal que intervino con anterioridad: Cámara de Apelación en lo Laboral de la Ciudad de Rosario, Sala I.
CRUZ, JOSÉ MARÍA y OTRO c/ PROVINCIA DE TUCUMÁN y OrRos s/ DAÑos Y PERJUICIOS
SENTENCIA ARBITRARIA
No es arbitraria la sentencia que atribuyó responsabilidad por el accidente vial que produjo la muerte de la madre de los actores, al propietario del vehículo (60), alos agentes policiales 25) al Estado provincial 15), pues la omisión deliberada en el control vial por parte de la provincia fue suficientemente acreditada en las sentencias de los tribunales locales y la grave falta de los agentes policiales -comprobada en sede penal- no obró, como eximente de responsabilidad del Estado, lo que permite descartar la tacha de arbitrariedad.
El juez Rosenkrantz, en su voto, no adhiere al presente párrafo
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
En relación a la responsabilidad del Estado por accidentes viales, el ejercicio del poder de policía de seguridad no resulta suficiente para atribuirle responsabilidad en un evento en el cual ninguno de sus órganos o dependencias tuvo parte, toda vez que no parece razonable pretender que su responsabilidad general en orden a la prevención de los delitos pueda llegar a involucrarlo al extremo en las consecuencias dañosas que ellos produzcan con motivo de hechos extraños a su intervención directa.
El juez Rosenkrantz, en su voto, no adhiere al presente párrafo
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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:2146
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