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Fallos: 345:1530 de la CSJN Argentina - Año: 2022

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de diciembre de 2022.

Vistos los autos: "Banco de San Juan S.A. y otros s/ infracción ley 19.359".

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos, con exclusión de los apartados III y V, los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador General de la Nación interino, a los que corresponde remitirse en razón de brevedad.

En consecuencia, corresponde descalificar por arbitraria la sentencia impugnada dejando asentado que, atento el temperamento adoptado, deviene inoficioso pronunciarse respecto de los restantes agravios.

Por ello, concordemente con lo dictaminado, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo expuesto. Notifíquese y cámplase.

Horacio RosATTI — CARLos FERNANDO ROSENKRANTZ — JUAN CARLOS
MAQUEDA — RICARDO Luis LORENZETTI.
Recurso extraordinario interpuesto por: 1) Banco de San Juan S.A., Marcelo Guillermo Buil, María Silvina Bellantig, Santiago Gabriel Martín, Daniel Esteban Nehín, Daniel Eduardo Paci, Horacio Guillermo Quiroga y Oscar Alberto Mira, asistidos por los Dres. Eduardo Aguiar Prieto, Oscar Mario Salvi y Matías Morán y 2) José Matías González Calderón, asistido por el Dr: Carlos Enrique Caride Fitte.

Traslado contestado por: Dante M. Vega, Fiscal General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza.

Tribunal de origen: Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Federal n° 2 de San Juan.

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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:1530 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-345/pagina-1530

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