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Fallos: 345:1100 de la CSJN Argentina - Año: 2022

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apelación denegada, no son susceptibles de reposición, revocatoria o nulidad salvo supuestos de excepción que no se dan en el sub lite (Fallos: 286:50 ; 302:1319 ; 311:2351 ; 313:577 , entre muchos).

Por ello, se desestima el recurso articulado. Notifíquese y estese a lo oportunamente resuelto por el Tribunal.

Horacio RosATTI — CARLos FERNANDO ROSENKRANTZ — JUAN CARLOS MAQuEDA — RICARDO Luis LORENZETTI.

Planteo formulado por Claudio Fernando Guiñazú Videla y Aldo David Olguín Álvarez, asistidos por el Dr. José Roberto Acieff.


MANRIQUE, ROBERTO FABIÁN s/ INCIDENTE DE INCOMPETENCIA
COMPETENCIA FEDERAL
Es competente la justicia federal para entender en la acción de habeas corpus promovida contra el Estado Nacional y la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal, con el objeto de que se proceda en forma inmediata a dar trabajo a todas las personas privadas de su libertad ambulatoria que se hallen alojadas y desocupadas en los establecimientos penitenciarios federales del país, toda vez que se cuestiona una presunta omisión en la que habría incurrido una autoridad nacional y podría hallarse comprendida, en su faz colectiva, la vulneración de los derechos de personas detenidas en todos los establecimientos penitenciarios federales.(°) ) Sentencia del 4 de octubre de 2022. Ver en https://sj.csin.gov.ar/homeSJ/.

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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:1100 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-345/pagina-1100

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