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Fallos: 345:1101 de la CSJN Argentina - Año: 2022

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ANSONNAUD, RICARDO SIXTO c/ DIRECCIÓN GENERAL

IMPOSITIVA s/ RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
COSA JUZGADA
Es arbitraria la sentencia que consideró válidas las resoluciones de la AFIP que determinaron de oficio el impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales del actor, pues la misma entró en franca contradicción con lo resuelto en sede penal -donde se declararon nulas las mencionadas resoluciones- y, por tratarse esta última de una sentencia firme y consentida, ello afectó el principio de intangibilidad de la cosa juzgada, que posee jerarquía constitucional, sobre la base de la inalterabilidad de los derechos definitivamente adquiridos con fundamento en el derecho de propiedad y defensa en juicio.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

COSA JUZGADA
La cosa juzgada configura uno de los pilares sobre los que se asienta la seguridad jurídica y un valor de primer orden que no puede ser desconocido con invocación de argumentos insustanciales y con la pretensión de suplir omisiones, pues ataca las bases mismas del sistema procesal y afecta la garantía del debido proceso, cuyo respeto es uno de los cimientos del imperio del derecho.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

COSA JUZGADA
Para establecer los límites de la cosa juzgada que emana del fallo que se dicte en un proceso determinado, ha de atenderse primordialmente a la parte dispositiva de aquel, si bien a tales fines no puede prescindirse de sus fundamentos y motivaciones, y muy frecuentemente es imprescindible recurrir a ellos, porque toda sentencia constituye una unidad lógico-jurídica, cuya parte dispositiva no es sino la conclusión final y accesoria del análisis de los presupuestos fácticos y normativos tenidos en cuenta en su fundamentación (Voto de los jueces Rosatti y Lorenzetti).

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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:1101 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-345/pagina-1101

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