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Fallos: 344:2993 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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piado, en tanto cualquiera sea el método que se adopte para cuantificarla o el signo monetario que la rija, resulta claro que no puede derivar en sumas irrisorias que impidan la reposición de un bien de características similares, tal como sucede en el caso (Disidencia parcial del juez Rosatti).

EXPROPIACION
Para cumplir la exigencia constitucional de justicia, actualidad e integralidad de la indemnización pueden seguirse numerosos métodos, a condición de tener siempre presente que son meros instrumentos al servicio de la máxima de afianzar la justicia consagrada en el Preámbulo y respetar la inviolabilidad de la propiedad prevista en el art. 17 de la Constitución; así tales instrumentos no están sujetos a un criterio de verdad o falsedad sino que se validan según un parámetro de utilidad o inutilidad para mantener razonablemente inalterada la reparación debida, de modo que su aplicación evite no sólo la confiscación al expropiado, sino también su empobrecimiento o enriquecimiento sin causa Disidencia parcial del juez Rosatti).

EXPROPIACION
La depreciación monetaria, la desactualización de las tasaciones, las fluctuaciones cambiarias y/o la excesiva dilación de los procesos expropiatorios son factores que impactan en la cuantificación de la indemnización y -por mandato constitucional- deben ser superados por los jueces (Disidencia parcial del juez Rosatti).

EXPROPIACION
Elaart. 17 de la Constitución Nacional establece la garantía de la inviolabilidad de la propiedad y prohíbe la confiscación, constituyendo el marco jurídico que no puede ser alterado por normas infraconstitucionales Disidencia parcial del juez Rosatti).

EXPROPIACION
La posibilidad de sujetar los derechos de propiedad a limitaciones razonables encuentra su máxima expresión en la expropiación por causa de

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:2993 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-2993

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