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Fallos: 343:1259 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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FEDERACIÓN ARGENTINA De ENTIDADES
EMPRESARIAS peL AUTOTRANSPORTE DE CARGAS c/ EN — M° INTERIOR - DNV y Otro s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO

LEGITIMACION ACTIVA
La existencia de los requisitos jurisdiccionales es comprobable de oficio, en la medida en que su ausencia o desaparición importa la de juzgar y no puede ser suplida por la conformidad de las partes o su consentimiento por la sentencia.


CASO O CONTROVERSIA
La ampliación de la legitimación derivada de la reforma constitucional del año 1994 no ha modificado la necesidad de que los tribunales de justicia comprueben la existencia de un "caso", pues no se admite una acción que persiga el control de la mera legalidad de una disposición; ello sin perjuicio de resaltar que la configuración de ese "caso" puede variar según la categoría de derecho que se pretenda hacer valer en la demanda.

LEGITIMACION ACTIVA
La Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas carece de legitimación para iniciar una demanda tendiente a obtener la declaración de nulidad de las resoluciones 4/2014 y 73/2014 del Ministerio del Interior y Transporte y 161/2014 y 440/2014 de la Dirección Nacional de Vialidad, pues de la lectura de su estatuto y de las atribuciones que de él emergen, no puede concluirse la legitimación procesal para promover la acción, en tanto por más amplia que resulte la interpretación que se atribuya a dicho estatuto, de la generalidad y vaguedad de los términos allí utilizados no puede extraerse que aquélla pueda estar en juicio en defensa de los intereses de sus asociados, que vale la pena recordarlo, son cámaras y asociaciones que nuclean a empresas de transporte automotor de cargas.

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:1259 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-1259

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