Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 342:681 de la CSJN Argentina - Año: 2019

Anterior ... | Siguiente ...

PASTORE, ADRIÁN c/ SOCIEDAD ITALIANA pe BENEFICENCIA En BUENOS AIRES s/ DesPiDO
SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA
La interpretación de las sentencias de la Corte Suprema en las mismas causas en que ellas han sido dictadas constituye cuestión federal suficiente para ser examinada en la instancia extraordinaria cuando la decisión impugnada consagra un inequívoco apartamiento de lo dispuesto por el Tribunal y desconoce lo esencia de aquella decisión.


SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA
Corresponde revocar la sentencia de cámara que exhibe un ostensible apartamiento de lo dispuesto por la Corte si, mediante una inconsistente atribución de futilidad, desconoció la relevancia que el Tribunal había asignado a determinados extremos -comunes a los del caso "Cairone" al cual se había remitido al resolver el caso- y afirmó que se hallaban configuradas las notas de subordinación técnica y jurídica propias de la dependencia laboral.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 16 de abril de 2019.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Pastore, Adrián c/ Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires s/ despido", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

1 Que esta Corte, en su anterior intervención, dejó sin efecto la sentencia de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y ordenó que, por quien correspondiera, se dictase un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo establecido en el precedente "Cairone" Fallos: 338:53 ), a cuyos fundamentos se remitió, en lo pertinente, en

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

89

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2019, CSJN Fallos: 342:681 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-342/pagina-681

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 342 Volumen: 1 en el número: 695 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos