máximo tribunal provincial -que ordenó oficializar la candidatura a gobernador de Weretilneck- no resulta ajustada a derecho, a la vez que vulnera el principio republicano de gobierno (art. 5" de la Constitución Nacional), por cuanto tergiversa la recta inteligencia de dicha norma constitucional local.
Sobre la base de tales consideraciones, doy por evacuada la vista conferida por V.E. Buenos Aires, 20 de marzo de 2019. Laura M. Monti.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 22 de marzo de 2019.
Autos y Vistos; Considerando:
1) Que a fs. 46/80, Martín Ignacio Soria, por su propio derecho, en su carácter de candidato oficializado a gobernador de la Provincia de Río Negro, y Nicolás Rochas, en su doble carácter de apoderado del Partido Justicialista de la Provincia de Río Negro y de apoderado común de la alianza transitoria Frente para la Victoria Distrito Río Negro (en adelante, "la alianza FPV"), promueven la acción prevista por el artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación contra la Provincia de Río Negro, a fin de hacer cesar el estado de incertidumbre en el que dicen encontrarse respecto de la existencia, alcance y modalidades de una norma jurídica local que autorizaría al ciudadano Alberto Weretilneck, actual gobernador provincial, a presentarse nuevamente como candidato para ocupar el mismo cargo.
Explican que frente a la presentación de la fórmula de candidatos realizada por la Alianza Juntos Somos Río Negro (en adelante, "la alianza JSRN"), la alianza FPV formuló oposición a la candidatura a gobernador de Weretilneck, en los términos del artículo 152 de la ley local O 2431 (Código Electoral y de Partidos Políticos provincial), en razón de no estar habilitado para ser candidato a ese cargo o a vicegobernador para el nuevo período que comenzará el 10 de diciembre de este año, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 175 de la Constitución provincial.
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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:302
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