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Fallos: 339:1453 de la CSJN Argentina - Año: 2016

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Tribunal que intervino con anterioridad: Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.

SCHVEMER, MIGUEL ÁNGEL s/ Causa " 114.539

RECURSO EXTRAORDINARIO
Si bien las cuestiones relativas a la admisibilidad de recursos locales no son, en principio, revisables en la instancia extraordinaria, ya que por su índole no exceden el marco de las facultades propias de los jueces de la causa, máxime cuando se trata de pronunciamientos de superiores tribunales de provincia, en que la doctrina de arbitrariedad es de aplicación particularmente restringida; tal criterio admite excepción cuando la sentencia impugnada conduce a una restricción sustancial de la vía utilizada por el justiciable, y afecta irremediablemente el derecho de defensa en juicio.


SUSPENSION DEL JUICIO A PRUEBA
La sentencia que omitió considerar de manera razonada el hecho de que la decisión que hizo lugar ala solicitud de suspensión del juicio a prueba impidió la continuación del proceso y rechazó la vía recursiva mediante la invocación de una fórmula dogmática, carece de sustento suficiente para ser considerada como un acto jurisdiccional válido, y merece ser descalificada en los términos de la doctrina de la arbitrariedad.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.


SUSPENSION DEL JUICIO A PRUEBA
La resolución que hace lugar a la suspensión del proceso a prueba (arts.

76 bis y ter del Código Penal) es equiparable a sentencia definitiva (Del voto del Dr Juan Carlos Maqueda).

Del precedente: "Laskiewicz", Fallos: 330:5108 al que el voto del Dr.

Juan Carlos Maqueda remite.

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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:1453 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-339/pagina-1453

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