cuestionarla bajo la pretensión de que carece de jurisdicción y competencia sobre la materia, desconociendo así el principio de congruencia y la doctrina de los actos propios.
Por otra parte, expresa que la Provincia de Misiones fue creada por la ley 14.294 con posterioridad al Parque Nacional Iguazú y, por lo tanto, sólo puede ejercer su jurisdicción en la medida en que lo permita la ley federal, pues el art. 75, inc. 30, de la Constitución Nacional se aplica solamente a los casos en que la provincia ya existía.
II-
A fs. 126/143 contesta el Estado Nacional (Secretaría de Turismo) y pide el rechazo de la demanda sobre la base de argumentos de un tenor similar a los que expuso la APN.
Producida la prueba y presentados los alegatos (W. fs. 313/341; 343/345 y 347/349), V.E. corre vista a este Ministerio Público a fs. 351.
IV-
Entiendo que esta causa es de la competencia originaria de la Corte Suprema, tal como se resolvió a fs. 82 por remisión al dictamen de fs. 81.
Las partes no discrepan en cuanto a que el inmueble en el cual se encuentran las instalaciones de la ex Escuela de Frontera 609, con una superficie de poco más de dos hectáreas, corresponde al dominio de la Provincia de Misiones, en virtud de la transferencia realizada en el marco de la ley 21.809. La cuestión a dirimir consiste en determinar si la APN ejerce jurisdicción sobre dicho inmueble y si, como consecuencia de ello, la provincia actora requiere su autorización para otorgar un permiso de ocupación a favor de la firma Iguazú Balloon S.A. que habilite la instalación y explotación comercial de un globo aerostático cautivo en dicho predio como soporte económico de la reparación y rehabilitación del edificio y su afectación a las actividades educativas a realizarse.
A fin de dar adecuada solución a las cuestiones planteadas, creo oportuno recordar que el 23 de diciembre de 2002 se suscribió un convenio entre la APN, el Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia de Misiones, el Consejo General de Educación de la misma provincia y la concesionaria del Área Cataratas del Parque Nacional Iguazú.
En dicho convenio se puso de manifiesto el interés del gobierno de la provincia en organizar un plan de turismo educativo para que los
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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:366
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