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Fallos: 337:763 de la CSJN Argentina - Año: 2014

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DICTÁMENES DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

La cuestión debatida en las presentes actuaciones guarda en lo sustancial analogía con la examinada por esta Procuración General en el dictamen del día de la fecha en los autos S.C. C. 434, L. XLVII, "Consumidores Financieros Asoc. Civil para su Defensa c/ Citibank NA s/ ordinario", a cuyas conclusiones cabe remitir, en todo lo pertinente, por razones de brevedad.

En razón de lo allí expuesto, opino que corresponde declarar admisible el recurso extraordinario y revocar la sentencia apelada. Buenos Aires, 23 de diciembre de 2013. Irma Adriana García Netto.

Suprema Corte:

T La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó a fojas 135/142 la sentencia de fojas 94/103 de la instancia anterior y, en consecuencia, rechazó la excepción de falta de legitimación activa opuesta por la demandada.

II-
Contra esa sentencia, la demandada interpuso a fojas 149/163 el recurso extraordinario que fue concedido a fojas 177/178. La recurrente tilda a la sentencia de arbitraria por contrariar los derechos de defensa en juicio, debido proceso y propiedad. Asimismo, le endilga una incorrecta interpretación de los artículos 43 y 116 de la Constitución Nacional, del artículo 2 de la ley 27 y del fallo de la Corte Suprema en el caso "Halabi" (Fallos: 332:111 ).

II
La sentencia apelada es asimilable a definitiva en los términos del artículo 14 de ley 48 toda vez que, si bien no pone fin al pleito en cuanto al fondo, al rechazar la excepción opuesta selló definitivamente la cuestión acerca de la viabilidad y el alcance de la acción en el marco de lo dispuesto por normas federales (artículos 42 y 43,

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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:763 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-337/pagina-763

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