336 33 salvajes que en tiempos de Lombroso eran los colonizados.
Por otra parte, y solo ad demostrationem, aun admitiendo cualquiera de las teorías de culpabilidad de autor, haciendo para ello un enorme esfuerzo para poner entre paréntesis su incompatibilidad con la Constitución Nacional y el derecho internacional, lo cierto es que tampoco estas teorías pueden legitimar la agravación invariable, en función de la reincidencia. Esto se debe a que todas las teorías de culpabilidad de autor, no son más que esfuerzos por inventar una culpabilidad que venga a reemplazar a la peligrosidad, puesta en crisis desde el ocaso de la pretendida negación filosófica y humanista llevada a cabo por el brutal positivismo.
En consecuencia, no hay razones para afirmar que cualquier reincidencia legitima un mayor grado de reproche, incluso dentro de las propias teorías de la culpabilidad de autor, especialmente si se trata de reincidencia ficta (como muchas veces lo sostiene la jurisprudencia en torcidas interpretaciones del derecho común), pero tampoco la real, cuando es reincidencia genérica, como en nuestra ley vigente.
Ninguno de los autores autoritarios que postulan la culpabilidad de autor o sus cercanías doctrinarias, podría afirmar que hay una personalidad más reprochable porque alguien fue condenado por injuriar a otro y luego comete unas lesiones culposas. Aunque nadie lo ha construido hasta el momento, no sería extraño que aquí también se postulase algún espectral pseudoconcepto jurídico inexplicable equivalente a la peligrosidad presunta, como ser un mayor reproche presunto u otro fantasma normativo análogo.
14) Que no faltan autores que consideran que la reincidencia importa un desprecio hacia el valor admonitorio de la condena precedente. En opinión de éstos, entre los que se halla Maurach, la admonición de una primera condenación generaría una mayor o más actual consciencia de la antijuridicidad del segundo hecho y, por ende, un mayor reproche de culpabilidad de este
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:33
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