336 1973 El 17 de octubre de 1951 se inauguró oficialmente el servicio de televisión en la Argentina y en 1953 se sancionó la ley 14.241, reglamentada por el decreto 25.004, que fue la primera ley de radiodifusión. Cabe hacer notar que en el curso de nuestra historia —hasta la sanción de la actual ley 26.522-, fue la única ley de radio y televisión integral sancionada por un gobierno constitucional.
Esta ley fue derogada por el decreto-ley 15.460 de 1957, al que se conoció como "Ley Nacional de Radiodifusión y Televisión". Conforme a ese decreto-ley los permisionarios sólo podían ser titulares de una licencia de radiodifusión y de una de televisión. Diez años más tarde, en 1967, la liamada ley 17.282 autorizó a las repetidoras, aunque también contenía disposiciones restrictivas.
En 1972 se sancionó la llamada ley 19.798 (Ley Nacional de Telecomunicaciones), luego modificada por la llamada ley n° 20.180 en 1973, que a su vez fue derogada parcialmente en octubre de ese mismo año por el decreto n° 1.764. Junto con el dictado de este último decreto se declaró la caducidad de algunas licencias de televisión en la Capital Federal, Mendoza y Mar del Plata.
Finalmente, la dictadura autodenominada Proceso de Reorganización Nacional primero dictó el llamado Plan Nacional de Radiodifusión y luego, en 1980, sancionó la llamada ley 22.285, reglamentada por el decreto n° 286 de 1981, que fue la nueva ley nacional en la materia, estableciendo el COMFER —aunque éste se había originado en la llamada ley nacional de telecomunicaciones, 19.798, de 1972.
El gobierno constitucional del Dr. Raúl Alfonsín, por decreto 1151/84, suspendió la aplicación del plan nacional y de todo concurso público hasta tanto se sancionara una nueva ley de radiodifusión. A tal efecto remitió al Congreso un proyecto, basado en el trabajo del Consejo de Consolidación de la Democracia. Luego insistió con otro modificatorio de la ley 22.285 an
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1973
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