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Fallos: 336:1796 de la CSJN Argentina - Año: 2013

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1796 336 del derecho en cuanto al rol del Estado en materia económica, en especial, ante el peligro de las concentraciones mediáticas derivado de la irrupción de nuevas tecnologías, que hoy viene asociado al creciente poder de las grandes corporaciones en el siglo XT La libertad de empresa, para ser tal, debe estar asociada a la libre competencia. El Estado debe respetar la libertad de empresa, que implica la posibilidad de su titular de constituirla y de decidir sobre las distintas opciones relacionadas con la actividad económica que desempeña, de acuerdo con las exigencias de la economía general y los derechos de usuarios y consumidores, que, a su vez, configuran un límite legítimo a la autonomía privada. En otras palabras, la restricción de la autonomía privada no puede tener otra justificación que la de servir a intereses generales y asegurar la vigencia de otros bienes y principios o derechos constitucionales. Ello es coherente con el principio adoptado invariablemente por la Suprema Corte según el cual los derechos que protegen la propiedad y la libertad de comercio (artículos 17 y 14 de la Constitución Nacional) no son absolutos (Fallos:

327:4995 , 311:1565 y 315:952 ), sino que se encuentran sujetos a las leyes que reglamentan su ejercicio (artículos 14 y 28 de la Constitución Nacional). A su vez, el análisis de la razonabilidad de esa reglamentación, no puede prescindir de la naturaleza de los derechos involucrados y del interés comunitario existente El mundo de las ideas no ha escapado a los procesos de liberalización y utilización de nuevas tecnologías, por lo que no ha sido inmune al peligro de la proliferación de prácticas anticompetitivas y de una tendencia irrefrenable a la concentración del poder económico. La existencia de estos peligros demanda una disciplina jurídica que se ocupe de ellos.

En especial, la regulación de las concentraciones en el ámbito de los medios de comunicación exige examinar la situación de un mercado, que no es cualquiera sino uno en que el bien de intercambio es particularmente sensible —la información— y en el cual se pone en juego cada día la vigencia efectiva de derechos fundamentales y libertades públicas que exceden lo meramente material y económico.

En efecto, los problemas que plantean las concentraciones de medios

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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1796 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-336/pagina-1796

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