336 1075 on Human Rights, La Haya/Londres/Boston, Kluwer Law, 3. ed., 1998, p. 271: bajo el artículo 32.2, cuando el Comité de Ministros "haya comprobado que se produjo una violación de la Convención, el Estado Contratante está obligado (is obliged) a adoptar las medidas apropiadas dentro del período prescripto" por el primero). Ha sido visto, inciuso, que aun cuando no resultaba obligatoria, la opinión (avís) que pronunciaba la Comisión Europea presentaba todas las características de un "acto jurisdiccional" (Cohen-Jonathan, Gérard, La Convention européenne des droits de 17 homme, Presses Universitaires a'AixMarseille/Economica, 1989, p. 51).
Por otro lado, el emplazamiento de la Comisión que acaba de ser señalado, atento que "la protección internacional de los derechos del hombre debe ser guía principalísima del derecho americano en evolución", según lo proclamó, para 1948, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (considerando tercero), también puede verse avalado si se atiende a los antecedentes que aquélla ya exhibía para la época en que fue adoptada la Convención Americana (1969). La Comisión, creada diez años antes de esta última oportunidad (Quinta Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, Santiago de Chile, 1959, Resolución VIII, acápite II), constituyó, desde el momento mismo de su instalación (3-10-1960), un órgano destacado en materia de desarrollo e instrumentación del régimen de peticiones individuales dentro del naciente sistema interamericano, así como iniciador de una práctica al respecto que, introducida tempranamente en su Reglamento de 1960 (arts. 25/29; vid. Comisión Interamericana de Derechos fumanos, Informe sobre la labor desarrollada durante su primer período de sesiones (3/28-101960), OEA/Ser.L/V/II.1 Doc. 32, esp. puntos X y XI), se vio aprobada, con mayor amplitud aún, mediante la Resolución XXII, adoptada en 1965 en la 2 Conferencia Interamericana Extraordinaria (Río de Janeiro), modificatoria del Estatuto de la Comisión (OEA/Ser. E/XIII.1). Esta labor precursora, incluso, fue advertida por René Cassin en la primera sesión plenaria de la
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1075
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