1080 336 cripto párrafo 67 de Caballero Delgado y Santana. Lo segundo, dado que sólo se atuvo al "criterio" del que da cuenta el también antes reproducido párrafo 82 de Loayza Tamayo (párr. 108).
Si se quiere, el peso de ambas circunstancias fue tenido en cuenta por el juez Montiel Arguello en su disidencia, basada en que la decisión debió haberse apoyado en las recordadas doctrinas de los citados Caballero Delgado y Santana y Loayza Tamayo párrs. 12/14). Podría sostenerse que "Blake", al paso que marcó un alejamiento de los antecedentes en orden al artículo 51, reforzó la consistencia del informe preliminar, al sostener, "en relación con el artículo 50", que "el artículo 33 de la Convención Americana dispone que la Comisión Interamericana es un órgano competente junto con la Corte "para conocer de los asuntos relacionados con el cumplimiento de los compromisos contraídos por los Estados Partes", por lo que, al ratificar dicha Convención, los Estados Partes se comprometen a atender las recomendaciones que la Comisión aprueba en sus informes" (párr. 108; en igual sentido: Herrera Ulloa vs. Costa Rica, excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas, sentencia del 2-7-2004, Serie C N°" 107, párrs. 182/187). La sola referencia al párrafo 82 de Loayza Tamayo se repitió, con posterioridad a Blake, en Castillo Petruzzi y otros vs. Perú (fondo, sentencia del 30-51999, Serie C N% 52, párr. 212; vid. Cesti Hurtado.., cit., párrs. 186/189).
Desde análoga perspectiva y entendiéndolas, ex hypotesi, como destinadas al artículo 51.2: ¿qué sentido debe darse a la doctrina de la Corte IDH, según la cual, "en virtud del principio de buena fe, consagrado en el artículo 31.1 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, si un Estado suscribe y ratifica un tratado internacional, especialmente si trata de derechos humanos, como es el caso de la Convención Americana, tiene la obligación de realizar sus mejores esfuerzos para aplicar las recomendaciones de un órgano de protección como la Comisión Interamericana que es, además, uno de los órganos principales de la Organización de los Estados Americanos, que
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1080
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