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Fallos: 335:2674 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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tras cumplirse con reglas detalladamente previstas a las que se sujetarán las diversas etapas que se contemplan para el procedimiento de remoción (arts. 18 y ss; considerando 8" precedente).

También responden a iguales fines de la independencia funcional los artículos 14 y 15 que, respectivamente, establecen ciertas inmunidades con respecto a las consecuencias que se derivan de sus actos y expresiones en lo que concierne al ejercicio de sus funciones, y la prohibición del traslado de los integrantes del Ministerio Público a otra jurisdicción territorial si no se cuenta con la conformidad del titular.

18) Que las consideraciones precedentes sostienen la conclusión de que la Constitución Nacional y las normas reglamentarias de naturaleza material y procesal han erigido al Ministerio Público Fiscal como una magistratura que cuenta con independencia funcional, situada en interrelación con la ejercida por los jueces -mas sin subordinación de ninguna índole entre ambas autoridades—-, que desde una posición procesal diversa cumple con funciones propias que también son materialmente de naturaleza judicial, en tanto aspira —tras una actuación autónoma, imparcial, .objetiva y fundada por parte de los magistrados que lo componen- a que el proceso finalice con una sentencia justa Fallos: 327:5863 , voto de los jueces Petracchi y Highton de Nolasco [considerando 23]; voto del juez Fayt [considerando 36]; voto del juez Zaffaroni [considerando 21], 19) Que el encuadramiento constitucional señalado y los principios que gobiernan el ejercicio de esta magistratura por parte de los miembros del ministerio público fiscal, deben ser las guías que sostengan y definan la decisión del Tribunal en un asunto que, frente a la señalada indeterminación de las noxmas legales y reglamentarias y la insuficiencia de la lógica como instrumento de mecanización de la tarea interpretativa, requiere un apropiada identificación y ponderación de los intereses superiores en tensión. De un lado, la exigencia constitucional de preservar las prerrogativas que tienen por objeto fortalecer la independencia de los funcionarios que desempeñan una magistratura de índole judicial y, entre ellas, que su responsa

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:2674 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-2674

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