FALLO DE LA CORTE SUPREMA
A 20/2 . 
Buenos Aires, 73 le "T / Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la AFIP Ministerio de Economía) en la causa Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. c/ Administración Federal de Ingresos Públicos Dirección General Impositiva", para decidir sobre su procedencia, Considerando:
Que los agravios del apelante encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, que esta Corte comparte y a los que se remite por razón de brevedad.
Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia apelada en lo que ha sido materia de agravios y se imponen las costas en el orden causado. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a la presente. Agréguese la queja al principal. Notifí remítase.
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:263 
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