portado por el contribuyente, hipótesis en la cual el gravamen queda excluido de la previsión del artículo 9, inciso b, párrafo cuarto, de la ley 20.221 (texto según ley 22.006, modificada por la ley 23.548), y encuadrado en el párrafo segundo del mismo artículo, en cuyo texto se plasmó el principio básico que privilegió el legislador, consistente en la prohibición de mantener o establecer impuestos locales sobre la materia imponible sujeta a imposición nacional coparticipable.
De ahí que, encontrándose la renta de la demandante sujeta al impuesto a las ganancias (ley 20.628 y modificatorias), la aplicación del tributo local importaba la configuración de la hipótesis de doble imposición, contraria a la regla señalada precedentemente.
5) Que en el caso, según surge de los informes obrantes a fs. 55 y 349/350 de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte y demás constancias de la causa: a) la empresa actora es permisionaria del transporte público de pasajeros de jurisdicción nacional y se encuentra inscripta en el Registro Nacional de Transporte de Pasajeros por Automotor registrada bajo el n° 50 (fs. 349); b) "la fijación del nivel tarifario, que conforma el régimen tarifario, se efectúa a través de Resoluciones que en su caso dicte el Ministerio competente, en las que se establecen los valores de los parámetros utilizados en su cálculo: Costo terminal (CT) y Base Pasajero-Kilómetro TB), así como las tarifas mínimas y los criterios de redondeo a aplicar. La determinación del nivel de las tarifas surge de equilibrar ingresos y egresos de los operadores. Así, el valor de TB surge de la relación entre el Costo estándar, que cuantifica el valor de los recursos necesarios para prestar un kilómetro de servicio y la carga media, que es la media ponderada por las distancias de los pasajeros a bordo de un servicio". "La determinación del Costo estándar es una función de la Secretaría de Transporte, a través de comisiones específicas" y la de la carga media de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, "mediante el procesamiento de la información estadística proveída por las empresas operadoras" (fs. 349); c) las metodo
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:2596
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