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Fallos: 335:2600 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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CARMEN M. ARGIBAY
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UANCARLOS MAQUEDA,
Nombre del actor: Daruddar Hnos. S.R.L.

Nombre de la demandada: Provincia de Catamarca.

Profesionales intervinientes: doctores Román A. Uez; Diego Sacco; Simón F.

Hernández; Claudia A. Barrera; María Fabiana Maglioli y Juan P. Vega.

Ministerio Público: doctora Laura Monti.


GRUPO CLARIN S.A. y Otros s/ MEDIDAS CAUTELARES

MEDIOS DE COMUNICACION.
Cabe confirmar la decisión de prorrogar la medida cautelar por considerar que "la acción principal se encontraba en una etapa próxima al dictado de la sentencia de fondo", y afirmar que ese es el momento crítico en que la medida debe desplegar plenamente toda su función de garantizar la eficacia del pronunciamiento de fondo a dictarse que dirima las pretensiones sustanciales de las partes, pues el Estado Nacional no ha logrado demostrar en su recurso que dicho fundamento invocado por la cámara, no constituya una razonable circunstancia sobreviniente a las consideradas por la Corte en el pronunciamiento del 22 de mayo, y que debía ser válidamente atendida, y el hecho de que se hubiera disipado el riesgo de una excesiva prolongación del proceso resulta un dato relevante para que la

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:2600 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-2600

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