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Fallos: 335:2583 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal, se lo declara improcedente. Hágase saber y devuélvanse los autos principales.

— Te 5 7 "AE ca r (7 CARMEN M. ARGIBAY ELENA!. HIGHTON de NOLASCO Recurso extraordinario interpuesto por Rafael Ramón Seco, acompañado técnicamente por Mercedes Beatriz Gandia de Morcos, Defensora Oficial de Zda, Nominación de la provincia de Catamarca.

Tribunal de origen: Corte de Justicia de Catamarca.

Tribunales que intervinieron anteriormente: Cámara en lo Criminal de 1° Nominación de Catamarca, DERUDDER Hnos. S.R.L. c/ CATAMARCA, PROVINCIA pe $/ ACCIÓN DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS.
El impuesto local a los ingresos brutos resulta inaplicable al servicio público de transporte interjurisdiccional, si ha quedado acreditado que las tarifas pertinentes son fijadas por la autoridad nacional, sin considerar entre los elementos del costo aquel impuesto provincial, y que la actora es contribuyente, en el orden nacional, del impuesto a las ganancias.

—En igual sentido: Fallos: 330:2049 ; 328:4198 ; 321:2501 ; entre otros—.

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:2583 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-2583

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