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Fallos: 335:2502 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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Por ello, concordemente con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se decide: Hacer lugar a la demanda iniciada por José Higinio Monserrat contra la Provincia de Buenos Aires y, en consecuencia, declarar la improcedencia de la pretensión fiscal de la demandada con relación a las Addendas de modificación de los contratos objeto del litigio. Con costas (artículo 68, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Notifíquese, remítase copia de esta decisión a la Procuración General y, oportunamente, archívese.

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1) Que este juicio es de la competencia originaria de esta Corte (artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional).

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:2502 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-2502

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